El desahogo de peritajes psicológicos ¿Qué es y cómo se realiza?

 

Autores: Mtra. Berenice Martinez, Dr. Raúl Nava

Para tomar decisiones y establecer sentencias, el juez debe considerar todos aquellos elementos, pruebas y dictámenes que generen convicción en el órgano jurisdiccional.

La importancia de la prueba en el proceso penal

En un proceso penal, la/el Juez es a quien debe ilustrarse para que pueda tomar una decisión, mientras que las partes, con las pruebas deben sostener la posición correspondiente. ¿Sobre qué se ilustra? con el medio de prueba o todos aquellos elementos que sirven para convencer al juez de la existencia o no de un dato procesal determinado.

La lógica jurídica establece con respecto a la carga de la prueba dos puntos (Cuello, 2015, p.87):

  1. Si por principio, toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, la carga de la prueba del delito, imputabilidad, culpabilidad y demás circunstancias, así como el monto del daño causado, descansa en el ministerio público.
  2. Ante la existencia de una presunción legal, probados los elementos descritos en la ley, la carga de la prueba descansa en el inculpado, para los efectos de destruir la presunción.
El desahogo de la prueba psicológica ¿en qué consiste?

La información que se desahoga en el juicio oral, en este caso la prueba pericial, debe generar convicción en el órgano jurisdiccional. Así pues, el dictamen es el acto del profesional donde responde a los puntos que fijó el órgano judicial, en el cual debe describir a la persona, detallar las operaciones practicadas, sus resultados y conclusiones, conforme a los principios de su ciencia o técnica.

Entonces el desahogo de la prueba psicológica es inicialmente la realización del acto pericial, es el momento en que el perito sin o con la presencia del Juzgador realiza la actividad científica que se le ha encomendado. Para ello, debe darse una orden de la autoridad.

En México algunas pericias pueden ser ordenadas por la policía, el Ministerio Público y por el Juez (únicamente cuando se consideren prueba anticipada). Así, el acto pericial se desahoga en tres momentos procedimentales y/o protocolos de actuación:

  1. Como gestión técnica, implica el cuidado de la persona a evaluar en el ámbito psicológico.
  2. Como gestión forense, cuando se evalúa a la persona para obtener de ella resultados probatorios. Esta fase exige el nombramiento de los peritos por las partes.
  3. El propio estudio o análisis científico y/o técnico de las evidencias obtenidas por las herramientas o instrumentos psicológicos, para llegar a una conclusión científica sobre un hecho, que termina en un informe pericial.
¿Cómo se desahoga la prueba pericial en el proceso penal?

Una vez iniciado el proceso, en las audiencias preliminares y/o en el juicio oral, la prueba pericial se desahoga en tres momentos procesales:

  1. El primer momento implica su incorporación al proceso, esto es, cuando se recibe y pone en conocimiento de las partes el informe pericial.
  2. El segundo, su valoración procesal como documento o información técnica o científica, es decir, si el informe es o no controvertido antes de la audiencia y/o exige aclaraciones o ampliaciones.
  3. Es procesalmente válido, en tercer lugar, que el desahogo de la prueba pericial se realice mediante dos formas procesales, la primera, por medio del interrogatorio del perito y la segunda, mediante incorporación de la pericial a través del interrogatorio del perito (Juárez, 2015).
Para que resulte admisible el testimonio del experto en juicio, durante estas formas procesales, se debe considerar lo siguiente:
  • Los conocimientos especializados científicos y técnicos del experto, que ayudarán al juzgador a comprender la evidencia o determinar un hecho.
  • El testimonio basado en hechos o datos suficientes.
  • El testimonio producto de principios y métodos fiables.
  • La aplicación de forma fiable de los principios y métodos a los hechos del caso.
Respecto a la prueba pericial en psicología, puede ser negada en cuanto a su desahogo, en virtud de la posibilidad de generar un daño irreparable, ya que incide en el proceso de interiorismo en el ciudadano, incluyendo a menores de edad que ineludiblemente poseen derechos, pudiendo proceder el amparo indirecto. Por lo que hay que cuidar guías y protocolos de actuación conforme a la legislación aplicable.

En la Universidad de las Ciencias somos expertos en el desahogo de peritajes psicológicos. Pide informes sobre:

Referencias:

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